Resumen
La presente investigación tiene objetivo general precisar el contenido de la
dignidad humana en las sentencias del Tribunal Constitucional Peruano, y como
objetivos específicos, precisar si el Tribunal Constitucional ha precisado y/o
ampliado el contenido de la dignidad humana en sus sentencias del año 2012 al
2016. Se empleó investigación científica descriptiva no experimental, transversal
y correlacional. Para el procedimiento de la recolección de datos se recurrió a las
bibliotecas de las universidades ubicadas en la Provincia del Santa; también se
revisó bibliotecas digitales.
Se obtuvieron los siguientes resultados: 1) El Tribunal Constitucional no ha
variado los criterios jurisprudenciales sobre el concepto de dignidad humana, los
mismos que están sustentados en criterios históricos, culturales, sociológicos,
filosóficos y de doctrina jurídica, y también, criterios convencionales sobre
derechos humanos en el mundo; y 2) Como se ha apuntado en el resultado del
OE, al no variar el Tribunal Constitucional los criterios jurisprudenciales sobre el
concepto de dignidad humana, teniendo en cuenta criterios históricos, culturales,
sociológicos, filosóficos y de doctrina jurídica, así como, criterios convencionales
sobre derechos humanos en el mundo, el contenido de la dignidad humana,
como se aprecia en la sentencias constitucionales, está constituido por los
derechos fundamentales expresamente reconocidos en la Constitución, así
como por los derechos fundamentales implícitos (artículo 3 de la Constitución),
tales como el derecho a la verdad, derecho al agua potable, etc..